Servicio de prevención acreditado · Toda España
Recurso preventivo para tu obra, parada o planta
Ponemos en tu obra a un técnico con la formación que exige la ley, a jornada completa, de día o de noche. Vigila, corrige en el momento y deja cada jornada un parte firmado. Tú sigues produciendo.
- Presupuesto en 24 h laborables
- Partes firmados en el momento
- Obra, parada, planta y fotovoltaica
🔒 Respuesta en menos de 24 h laborables. Tus datos solo se usan para el presupuesto.
Qué es un recurso preventivo, en dos líneas
Es la persona que tiene que estar presente en el tajo mientras se hacen ciertos trabajos, vigilando que las medidas de seguridad previstas se cumplan y que sirvan de verdad. Si ve algo mal, da la instrucción para corregirlo en el momento y avisa a la empresa. Lo regula el artículo 32 bis de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
No es un papel que se firma y se guarda en un cajón: la ley exige que esté en el centro de trabajo todo el tiempo que dure la situación que obliga a su presencia, que tenga medios para vigilar y que sean suficientes en número. Por eso es de lo primero que comprueba la Inspección de Trabajo cuando entra en una obra.
Cuándo es obligatorio el recurso preventivo
La ley fija tres supuestos (art. 32 bis de la Ley 31/1995 y art. 22 bis del RD 39/1997). Basta con que se dé uno.
1. Operaciones que se cruzan
Cuando los riesgos pueden agravarse o cambiar porque se hacen varias operaciones a la vez o una detrás de otra, y hace falta controlar que se trabaja con el método correcto. Ejemplo: la grúa izando cargas sobre una zona donde otra empresa está ferrallando.
2. Trabajos peligrosos o con riesgos especiales
Los que el reglamento considera así: caída de altura especialmente grave, sepultamiento o hundimiento, espacios confinados, riesgo de ahogamiento, o máquinas antiguas sin declaración CE cuando la protección no está garantizada.
3. Cuando lo pide la Inspección
La Inspección de Trabajo puede exigir la presencia de un recurso preventivo si las condiciones concretas de un trabajo lo justifican, aunque no encaje en los dos casos anteriores. Si te lo requiere, hay que ponerlo ya.
En obras de construcción: cada contratista, el suyo
En construcción hay reglas propias. La disposición adicional decimocuarta de la Ley 31/1995 y la disposición adicional única del RD 1627/1997 dicen tres cosas que conviene tener claras:
- La obligación es de cada contratista, no del promotor ni del coordinador de seguridad y salud.
- Por concurrencia de operaciones, la presencia es obligatoria cuando hay trabajos con riesgos especiales del anexo II del RD 1627/1997.
- El plan de seguridad y salud del contratista tiene que decir cómo se organiza esa presencia: quién, en qué trabajos y en qué fases.
Los trabajos con riesgos especiales del anexo II que más vemos en obra:
- Riesgo especialmente grave de caída de altura, sepultamiento o hundimiento
- Proximidad de líneas eléctricas de alta tensión
- Excavación de túneles, pozos y movimientos de tierra subterráneos
- Montaje y desmontaje de prefabricados pesados
- Exposición a agentes químicos o biológicos con riesgo especial
- Uso de explosivos
- Riesgo de ahogamiento por inmersión
- Trabajos con radiaciones ionizantes en zonas controladas o vigiladas
Si el recurso preventivo no está cuando tiene que estar, es una infracción grave (art. 12.15.b de la LISOS, desde 2.451 €) y muy grave cuando son actividades peligrosas o con riesgos especiales (art. 13.8.b, desde 49.181 €). Y si hay un accidente, lo primero que se pregunta es dónde estaba.
Qué hace y qué no hace
Muchos problemas vienen de pedirle al recurso preventivo lo que no le toca, o de no dejarle hacer lo que sí.
Lo que sí hace
- Comprueba que las medidas del plan o de la evaluación están puestas y funcionan: barandillas, entibaciones, líneas de vida, señalización, permisos
- Vigila que se trabaja con el método previsto y que nadie se salta un paso
- Da instrucciones en el momento para corregir lo que está mal
- Avisa por escrito a la empresa cuando falta una medida o no sirve, para que se corrija y se revise el plan
- Detecta riesgos que no estaban previstos
- Deja constancia de su presencia y de lo que ha visto en un parte diario
Lo que no le toca
- Sustituir a las protecciones: estar presente no hace segura una zanja sin entibar
- Trabajar en el tajo a la vez que vigila, si eso le impide vigilar
- Ser el coordinador de seguridad y salud del promotor, ni aprobar el plan
- Ser el jefe de obra ni decidir la producción
- Cargar con las obligaciones del empresario: las medidas las pone y las paga la empresa
- Firmar partes sin haber estado
Ante un riesgo grave e inminente, el trabajo se para: cualquier trabajador puede interrumpir su actividad (art. 21 de la Ley 31/1995), y el recurso preventivo, que suele ser el primero en verlo, da la instrucción de parar y lo comunica a la empresa.
Quién puede ser recurso preventivo
La empresa puede asignar la presencia a cualquiera de estas personas (art. 32 bis de la Ley 31/1995):
- Trabajadores designados por la empresa para la prevención
- Miembros de su servicio de prevención propio, si lo tiene
- Técnicos del servicio de prevención ajeno concertado: es lo que hacemos nosotros
- Otros trabajadores de la empresa con conocimientos, experiencia y la formación mínima
La formación mínima es la de nivel básico en prevención. El Reglamento de los Servicios de Prevención pide 50 horas en actividades de su anexo I (entre ellas la construcción con riesgo de caída de altura o sepultamiento) y 30 en las demás. En construcción, el Convenio General del sector fija el nivel básico en 60 horas, y es el que te van a pedir en cualquier obra. Si prefieres formar a tu gente, damos el curso de recursos preventivos de 60 horas, bonificable por FUNDAE.
¿Por qué tantas empresas lo contratan fuera? Porque el encargado que sabe hacer el trabajo es el que hace falta produciendo, y si está metido en el tajo no puede vigilar. Porque en turnos de noche, fines de semana o paradas no siempre hay a quién asignar. Y porque un técnico externo no tiene la presión del plazo encima a la hora de decir «esto así no».
Dónde trabajamos
Tres tipos de trabajo, cada uno con sus riesgos y su ritmo.
Obra
Edificación, obra civil, urbanización, demoliciones y reformas. Excavaciones, estructuras, cubiertas, fachadas, izados con grúa. Nos integramos en el plan de seguridad y salud del contratista desde el primer día.
Parada de mantenimiento
Muchas contratas a la vez, en pocos días y con turnos de 24 horas. Espacios confinados, trabajos en caliente, consignaciones y permisos de trabajo. Ponemos recursos preventivos por turno, también de noche.
Planta industrial
Montajes, ampliaciones y trabajos de contratas dentro de una fábrica en marcha. Coordinamos con el titular del centro y vigilamos los trabajos que la evaluación marca como peligrosos.
Parque fotovoltaico
Hincado, montaje de seguidores y módulos, zanjas, media y alta tensión, maquinaria y calor. En un parque grande un solo recurso no llega a todos los frentes: dimensionamos cuántos hacen falta.
Nuestros técnicos han trabajado como recursos preventivos en parques fotovoltaicos de gran potencia y en obras de toda España. Oficinas propias en Móstoles (Madrid), Málaga, Antequera, Dos Hermanas (Sevilla) y Palma del Río (Córdoba), y técnicos que se desplazan donde esté la obra.
Cómo trabajamos
De la llamada al primer parte firmado, sin vueltas.
Nos cuentas la obra
Qué trabajos, dónde, fechas, jornada y si es obra, parada o planta. Con el formulario o al 633 11 50 12.
Presupuesto en 24 h
Cerrado y por escrito en menos de 24 horas laborables. Válido 30 días.
Papeles listos
Concierto de la actividad, designación del recurso preventivo y su formación, para que lo incluyas en tu plan y en la plataforma CAE.
Técnico en obra
Con su EPI, identificado ante tus trabajadores y con el plan de seguridad y salud leído antes de entrar.
Partes al momento
Cada jornada, parte de vigilancia firmado allí mismo en nuestra app PrevenUP. Te llega al instante.
Lo que te llevas cada día: el parte firmado
La vigilancia que no queda por escrito no existe para un inspector ni para un juez. Nuestro recurso preventivo rellena el parte de cada jornada en la tablet: trabajos vigilados, incidencias, instrucciones dadas y medidas pendientes. Lo firma con firma electrónica avanzada y, si quieres, lo firma también tu jefe de obra. El parte llega a tu acceso de cliente en segundos.
Así, cuando el coordinador o la Inspección te pidan cómo se ha organizado la presencia del recurso preventivo, lo tienes ordenado por fechas y tajos. Así funciona PrevenUP.
Precio del recurso preventivo
Trabajamos con cuota mensual cerrada por técnico, sin cargos por visita ni por parte. Te damos el precio por escrito en menos de 24 horas laborables y el presupuesto vale 30 días.
El precio depende de cuatro cosas: si la jornada es diurna o nocturna, las horas fuera de jornada que se prevean (fines de semana, festivos, noches de parada), si el técnico necesita vehículo de empresa para moverse entre frentes y la duración del trabajo. Si tienes varias obras o una parada con varios turnos, lo calculamos todo junto.
Recurso preventivo y coordinador de seguridad y salud no son lo mismo
Se confunden a diario. Uno lo pone el contratista; el otro lo designa el promotor.
Coordinador de seguridad y salud (no lo hacemos)
- Lo designa y lo paga el promotor (RD 1627/1997, art. 3)
- Coordina a todas las empresas de la obra y aprueba su plan de seguridad y salud
- Tiene el libro de incidencias y puede paralizar tajos
- Es un técnico competente: arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico
Recurso preventivo (lo ponemos nosotros)
- Lo pone cada contratista para sus trabajos (Ley 31/1995, art. 32 bis)
- Vigila en el tajo que se cumplen las medidas de su empresa
- Está presente todo el tiempo que duran los trabajos que lo exigen
- Necesita, como mínimo, formación de nivel básico en prevención
¿Por qué no hacemos coordinación de seguridad y salud? Porque somos un servicio de prevención ajeno: trabajamos para las empresas que nos contratan, que en una obra son contratistas y subcontratas. El coordinador trabaja para el promotor y vigila precisamente a esas empresas. Hacer las dos cosas sería vigilarnos a nosotros mismos. Si buscas coordinador, te explicamos cómo elegirlo y de qué depende su precio.
Todo lo que necesita un contratista en obra
El recurso preventivo es una pieza. Estas son las demás, con el mismo equipo.
Técnico PRL coordinando actividades
Un técnico de prevención a pie de obra o de planta que coordina a tus subcontratas, controla accesos y documentación, da las charlas y prepara lo que te pide el coordinador.
Plan de seguridad y salud
Te ayudamos a redactar tu plan a partir del estudio del proyecto, y las adhesiones y anexos cuando cambian los trabajos. Ver el servicio.
Plataforma CAE
Documentación de empresas, trabajadores y máquinas, pases QR y permisos de trabajo, para coordinar contratas sin papeles. Conocer la plataforma.
Formación de obra
TPC de 20 horas, cursos de oficio de 6 horas, trabajos en altura y espacios confinados, bonificables.
Servicio de prevención
Evaluación de riesgos por oficio, planificación y vigilancia de la salud de tu plantilla. Prevención para construcción.
Investigación de accidentes
Si pasa algo, investigamos la causa y te ayudamos a responder a la Inspección. Ver el servicio.
Guías sobre recursos preventivos
Escritas por nuestros técnicos, con casos de obra.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta un recurso preventivo?
Depende de la jornada (diurna o nocturna), de las horas fuera de jornada, de si hace falta vehículo y de la duración del trabajo. Trabajamos con cuota mensual cerrada por técnico y te damos el precio por escrito en menos de 24 horas laborables, con validez de 30 días.
¿Puede ser recurso preventivo mi encargado de obra?
Sí, si tiene la formación de nivel básico (en construcción, el curso de 60 horas) y conoce los trabajos. El problema es práctico: tiene que poder vigilar todo el tiempo que duran esos trabajos. Si a la vez está produciendo u organizando la obra, no está vigilando, y eso es lo que mira la Inspección.
¿Hace falta un recurso preventivo por cada empresa de la obra?
La ley pone la obligación en cada contratista, y el plan de seguridad y salud debe decir quién vigila cada trabajo con riesgo especial. Lo que no vale es que nadie esté. Si tus subcontratas hacen trabajos de riesgo, el plan tiene que prever cómo se cubre su vigilancia.
¿Un solo recurso preventivo puede vigilar varios tajos?
Solo si puede vigilarlos de verdad. La ley exige que los recursos preventivos sean suficientes en número y que permanezcan mientras dure la situación de riesgo. Si los frentes están separados, como pasa en un parque solar o en una parada con varias contratas, harán falta varios.
¿Trabajáis de noche, en fin de semana y en paradas de 24 horas?
Sí. Tenemos tarifa de jornada nocturna y horas fuera de jornada con recargo en fin de semana, festivo y noche. En paradas organizamos los relevos para que haya recurso preventivo en cada turno.
¿Tengo que cambiar de servicio de prevención para contrataros el recurso preventivo?
No. La ley permite que el recurso preventivo sea un técnico de cualquier servicio de prevención ajeno que tengas concertado. Firmamos contigo el concierto de esa actividad y sigues con tu servicio de prevención para lo demás.
¿Hacéis coordinación de seguridad y salud?
No. El coordinador de seguridad y salud lo designa y lo paga el promotor para vigilar a todas las empresas de la obra. Nosotros somos servicio de prevención de contratistas y subcontratas, así que no podemos ser a la vez quien les vigila. Sí ponemos recurso preventivo, técnico PRL de coordinación de actividades, plataforma CAE y formación.
¿Cómo se demuestra que el recurso preventivo ha estado en la obra?
Con su designación por escrito, su formación, lo que diga el plan de seguridad y salud y un registro de su presencia. Nuestros técnicos firman cada jornada un parte de vigilancia en la app PrevenUP, con firma electrónica avanzada, que te llega al momento.
Con quién estás trabajando
Credenciales que puedes comprobar tú mismo, no eslóganes.
Servicio de prevención acreditado
Acreditación nº CM116/23 en las cuatro especialidades: seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada, y vigilancia de la salud. Válida en toda España.
Compruébalo en el registro oficial →Entra en «Consulta pública» y busca «iPrevención»
En la Junta Directiva de ASPA-ANEPA
iPrevención está asociada a la Confederación Empresarial de Servicios de Prevención Ajenos (ASPA-ANEPA), forma parte de su Junta Directiva y ha ocupado su presidencia. Ahí se trabaja en cómo debe ejercerse la prevención en España.
Técnicos propios, no subcontratas
El técnico que evalúa tu empresa es de la casa, siempre el mismo, y va a tu centro de trabajo. Con cinco oficinas propias (Móstoles, Palma del Río, Antequera, Dos Hermanas y Málaga capital) y servicio en toda España.
Plataforma propia
Desarrollamos nuestro propio programa de gestión: partes de visita firmados en el momento con firma electrónica avanzada, documentación al día y avisos de lo que caduca.
¿Cuándo empieza tu obra?
Dinos qué trabajos, dónde y en qué jornada. Te mandamos un presupuesto cerrado en menos de 24 horas laborables, válido 30 días.
Pedir presupuesto gratis Llamar al 633 11 50 12
Móstoles · Málaga · Antequera · Dos Hermanas · Palma del Río — info@iprevencion.es