Formación obligatoria en PRL · Bonificable por FUNDAE
Forma a tu equipo sin parar la producción
La formación que la ley exige para cada puesto, impartida en tu empresa, en tu obra o a distancia, adaptada a tus turnos. Con certificado y con el registro que te van a pedir.
Qué formación está obligada a dar tu empresa
El artículo 19 de la Ley 31/1995 obliga a que cada trabajador reciba formación teórica y práctica sobre los riesgos de su puesto: al entrar en la empresa, cuando cambian sus funciones y cuando se introducen equipos o tecnologías nuevas. Debe darse dentro de la jornada de trabajo y la paga la empresa.
A eso se suma, según el sector, la formación de convenio: la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC), la del metal (TPM), y las habilitaciones para trabajos concretos (altura, espacios confinados, carretillas, plataformas elevadoras, riesgo eléctrico).
Nosotros partimos de tu evaluación de riesgos: miramos qué puestos tienes, qué formación le falta a cada persona y montamos solo lo necesario. Ni un curso de más.
Cómo la damos
Elige el formato que menos te descoloque el trabajo.
En tu empresa
El formador va a tu centro o a tu obra, con los equipos y los riesgos reales de tu gente. Es la que de verdad evita accidentes.
A distancia
Para la parte teórica y para quien no puede salir del puesto. Con seguimiento y certificado igual de válido.
Convocatorias abiertas
Para una sola persona: la apuntamos al próximo curso programado en Córdoba, Jaén o Sevilla.
Bonificada con FUNDAE
Miramos el crédito de formación que tiene tu empresa y lo tramitamos nosotros. Muchas veces la formación sale a coste cero.
Y queda registrado donde tiene que estar
Cada certificado se sube a tu acceso de cliente, junto al resto de tu documentación. Cuando la obra o la Inspección te pida quién está formado, lo descargas en dos clics.
Preguntas frecuentes
¿Qué formación en prevención es obligatoria?
La del artículo 19 de la Ley 31/1995: cada trabajador debe recibir formación teórica y práctica de los riesgos de su puesto, al entrar en la empresa y cuando cambian sus funciones o los equipos. En construcción y metal, además, la que fija su convenio (TPC, TPM).
¿La formación la paga el trabajador?
No. Es a cargo de la empresa y debe darse dentro de la jornada de trabajo o compensando el tiempo empleado.
¿Podéis dar la formación en mis instalaciones?
Sí, presencial en tu empresa, en obra o a distancia, y adaptada a tus turnos. Preferimos la formación práctica en el puesto: es la que de verdad evita accidentes.
¿La formación caduca?
La formación inicial no caduca como tal, pero hay que actualizarla cuando cambian los riesgos, los equipos o el puesto. Algunas formaciones sectoriales sí tienen periodo de renovación.
¿Cuántos sois y a qué os dedicáis?
Con eso te decimos qué formación necesitas de verdad, cuánto cuesta y cuánto te bonifica FUNDAE. En menos de 24 horas laborables.
Pedir presupuesto gratis Llamar al 633 11 50 12
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