Bonificaciones y deducciones por vigilancia de la salud laboral: cómo ahorrar cuidando a tu equipo
La prevención de riesgos laborales ya no se percibe solo como una obligación legal, sino como una inversión estratégica en la salud, el bienestar y la productividad de las personas. Dentro de este enfoque, la vigilancia de la salud laboral ocupa un lugar fundamental. Y lo que muchos desconocen es que este servicio, además de proteger a los trabajadores, puede suponer importantes beneficios económicos para la empresa.
En iPrevención, somos especialistas en seguridad y salud laboral. Asesoramos a empresas de todos los sectores no solo para que cumplan la normativa vigente, sino también para que aprovechen al máximo las bonificaciones, deducciones y ayudas disponibles por su compromiso con la prevención.
¿Qué es la vigilancia de la salud laboral?
La vigilancia de la salud laboral forma parte esencial del plan de prevención de cualquier empresa. Consiste en la realización de acciones médicas y de seguimiento dirigidas a proteger la salud física y mental de los trabajadores frente a los riesgos derivados del trabajo.
Las acciones más comunes incluyen:
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Reconocimientos médicos: obligatorios en ciertos puestos o voluntarios en la mayoría. Se realizan al inicio de la relación laboral, de forma periódica y tras reincorporaciones por baja prolongada.
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Evaluaciones específicas: según el tipo de exposición (ruido, agentes químicos, pantallas de visualización, manejo de cargas, etc.), con pruebas adaptadas al puesto.
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Adaptaciones al puesto de trabajo: cuando se detecta que la salud de un trabajador requiere una modificación en su entorno o tareas.
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Estudios colectivos o epidemiológicos: para detectar patrones de riesgo y mejorar la prevención de forma global.
En iPrevención, personalizamos cada programa según la actividad y necesidades de tu empresa, con personal sanitario acreditado y máxima confidencialidad médica.
¿Es obligatorio realizar la vigilancia de la salud?
Sí, aunque con matices. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece que las empresas deben ofrecer la vigilancia de la salud siempre que exista un riesgo para la salud del trabajador. Es decir, no es opcional para la empresa.
No obstante, la aceptación por parte del trabajador suele ser voluntaria, salvo en estos tres casos:
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Cuando sea imprescindible para evaluar los efectos del trabajo sobre la salud del empleado.
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Cuando sea necesario para verificar si el estado de salud del trabajador puede suponer un riesgo para sí mismo o para otras personas.
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Cuando así lo exija una disposición legal específica.
Además, la empresa debe garantizar que:
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El control lo realiza personal sanitario cualificado.
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Se respeta la confidencialidad médica.
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El trabajador recibe información clara sobre sus resultados y derechos.
No cumplir con estas obligaciones puede conllevar sanciones económicas, además de riesgos innecesarios para la salud laboral.
¿Existen bonificaciones por implementar medidas de prevención?
Sí, y muchas empresas lo desconocen. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), a través del sistema de incentivos Bonus, permite que las empresas que invierten en prevención y reducen su siniestralidad laboral, accedan a bonificaciones en sus cotizaciones por contingencias profesionales.
Requisitos generales para acceder a la bonificación:
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Estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
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No haber cometido infracciones graves en materia de prevención en los últimos años.
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Demostrar una reducción del índice de siniestralidad por debajo del sector.
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Haber realizado inversiones reales en prevención, como la vigilancia de la salud, formación específica, implantación de sistemas de seguridad, etc.
Las bonificaciones pueden llegar hasta el 10 % de las cuotas por contingencias profesionales, dependiendo del número de trabajadores y del tipo de mejoras realizadas.
En iPrevención, asesoramos y ayudamos a nuestros clientes a justificar correctamente estas inversiones para que puedan obtener el incentivo.
¿Puedo deducir los gastos en vigilancia de la salud?
Sí. Todos los gastos relacionados con la prevención obligatoria pueden deducirse fiscalmente como gastos necesarios para la actividad económica en el Impuesto sobre Sociedades.
Esto incluye:
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Contratación de servicios médicos especializados en vigilancia de la salud.
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Realización de reconocimientos médicos y pruebas complementarias.
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Informes técnicos o evaluaciones específicas del personal expuesto a riesgos.
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Costes de desplazamiento, informes, equipos o material sanitario si están vinculados a esta actividad.
La Agencia Tributaria reconoce esta inversión como un gasto deducible, lo que se traduce en una menor carga fiscal para tu empresa.
Invertir en salud laboral no solo es responsabilidad, es inteligencia empresarial.
iPrevención: tu aliado en salud laboral y optimización de costes
En iPrevención, no solo somos tu servicio externo de prevención. Somos tu socio estratégico para proteger a tu equipo, reducir riesgos, ahorrar costes y aprovechar todos los recursos disponibles por parte de la administración.
Nuestro servicio de vigilancia de la salud incluye:
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Reconocimientos médicos con desplazamiento a tu centro de trabajo.
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Personal sanitario homologado y especializado en medicina del trabajo.
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Asistencia en la planificación de reconocimientos según el calendario laboral.
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Plataforma digital para acceder a informes, seguimiento y coordinación.
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Asesoramiento sobre bonificaciones, subvenciones y deducciones fiscales.
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Coordinación directa con mutuas y organismos públicos.
¿Quieres saber si tu empresa puede beneficiarse?
Si tienes dudas sobre cómo implantar la vigilancia de la salud en tu empresa o cómo puedes obtener ventajas fiscales por cuidar de tus trabajadores, en iPrevención estamos para ayudarte.
Realizamos un diagnóstico gratuito y sin compromiso para valorar tu situación y diseñar un plan adaptado a tus necesidades reales.
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