Cambio de servicio de prevención ajeno
Cambiar de servicio de prevención: cómo se hace y qué te tienen que entregar
Se puede cambiar, no es complicado y tu empresa no tiene por qué quedarse ni un día sin cobertura. Aquí tienes el proceso completo, la documentación que debes reclamar y un modelo de carta de baja. Y si prefieres no pelearte con ello, lo hacemos nosotros.
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¿Puedo cambiar de servicio de prevención cuando quiera?
Sí. El concierto con un servicio de prevención ajeno es un contrato mercantil entre tu empresa y el proveedor: ni la Ley 31/1995 ni el Reglamento de los Servicios de Prevención te atan a nadie. Lo único que manda son las condiciones que firmaste.
Lo habitual es que el contrato sea anual con prórroga automática si no avisas, y que pida un preaviso de entre 30 y 60 días antes del vencimiento. Por eso el primer paso siempre es el mismo: mirar la fecha de firma y la cláusula de duración. Si el plazo ya ha pasado, se puede negociar igualmente la baja; y si tu proveedor incumple (no visita, no entrega documentación, no hace los reconocimientos), tienes argumentos para resolver el contrato antes.
Lo que la ley sí exige es que tu empresa no se quede sin cobertura preventiva ni un solo día. Por eso el alta del nuevo servicio y la baja del anterior se encadenan: primero se firma el nuevo concierto, después se cursa la baja.
El cambio, paso a paso
Mira tu contrato
Fecha de firma, duración, prórroga y plazo de preaviso. Ahí está todo lo que condiciona el cambio.
Firma el nuevo concierto
Con las mismas especialidades que tenías (o las que necesites) y con fecha de inicio pegada a la baja del anterior.
Comunica la baja por escrito
Por correo electrónico con acuse o por burofax, dentro del plazo de preaviso. Tienes el modelo más abajo.
Reclama tu documentación
Es tuya, no del proveedor. Pídela en la misma carta de baja y con fecha límite.
Entrega todo al nuevo servicio
Tu nuevo técnico revisa lo recibido, detecta lo que falta o está caducado y planifica la puesta al día.
La documentación que te tienen que entregar
Esta documentación es de tu empresa. El servicio de prevención la elabora y la custodia, pero no es suya: tienes derecho a que te la entreguen al terminar el contrato, y la necesitarás el día que venga la Inspección.
- Plan de prevención de riesgos laborales
- Evaluación de riesgos de todos los puestos y centros
- Planificación de la actividad preventiva y su seguimiento
- Memorias anuales y programaciones
- Informes de las visitas y de las mediciones realizadas
- Certificados de formación de cada trabajador
- Registros de entrega de EPIs
- Documentación de coordinación de actividades empresariales (CAE)
- Investigaciones de accidentes e incidentes
- Planes de emergencia y de autoprotección
- Aptitudes médicas de los reconocimientos realizados
- Copia del concierto y de sus anexos
¿Y los historiales médicos? Los custodia el servicio sanitario que hizo los reconocimientos, protegidos por el secreto médico: no se los entregan a la empresa. Lo que sí se hace es trasladarlos al servicio sanitario del nuevo proveedor, con el consentimiento del trabajador. Lo que tu empresa recibe son las aptitudes (apto / apto con limitaciones / no apto), que es lo único que la ley te permite conocer.
Modelo de carta de baja
Cópialo, rellena lo que va entre corchetes y envíalo por correo con acuse de recibo o por burofax. Guarda el justificante.
[Nombre de la empresa], con CIF [CIF] y domicilio en [dirección completa], representada por [nombre y apellidos] con DNI [DNI], en relación con el concierto de servicio de prevención ajeno suscrito con [nombre del servicio de prevención] con fecha [fecha del contrato],
COMUNICA su voluntad de no renovar y dar por finalizado dicho concierto con efectos del día [fecha de finalización], respetando el plazo de preaviso establecido en el contrato.
Asimismo, SOLICITA que, antes de la fecha de finalización y en todo caso en un plazo máximo de quince días, se haga entrega a esta empresa de toda la documentación preventiva generada durante la vigencia del contrato: plan de prevención, evaluación de riesgos de los puestos y centros, planificación de la actividad preventiva, memorias anuales, informes de visitas y mediciones, certificados de formación, registros de entrega de EPIs, documentación de coordinación de actividades empresariales, investigaciones de accidentes y relación de aptitudes médicas.
Igualmente solicita que los historiales médicos de los trabajadores queden a disposición del servicio sanitario del nuevo servicio de prevención concertado, con el consentimiento de los interesados, conforme al artículo 22 de la Ley 31/1995.
En [ciudad], a [fecha].
Fdo.: [nombre y apellidos] — [cargo]
Este modelo es orientativo y no sustituye al asesoramiento sobre tu contrato concreto. Si nos encargas el cambio, lo revisamos y lo preparamos nosotros.
Los cinco errores que más caros salen
Evítalos
- Dar la baja sin tener firmado el nuevo concierto: tu empresa se queda descubierta
- Avisar fuera de plazo y que el contrato se renueve otro año entero
- Comunicar la baja por teléfono, sin nada por escrito
- No reclamar la documentación y empezar de cero con el nuevo servicio
- Cambiar sin comprobar que el nuevo proveedor está acreditado para tus especialidades
Hazlo así
- Encadena las fechas: alta nueva y baja antigua sin hueco entre medias
- Marca en el calendario el preaviso desde hoy
- Correo con acuse de recibo o burofax, y guarda el justificante
- Pide la documentación en la misma carta, con plazo
- Comprueba la acreditación en el registro oficial de servicios de prevención
Preguntas frecuentes sobre el cambio
¿Cuánto se tarda en cambiar de servicio de prevención?
La parte administrativa es rápida: el nuevo concierto se firma el mismo día y el alta es inmediata. Lo que marca el calendario es el preaviso de tu contrato actual, normalmente entre 30 y 60 días antes del vencimiento. Por eso conviene empezar a mirarlo con dos o tres meses de margen.
¿Me pueden cobrar una penalización por irme?
Solo si tu contrato lo recoge expresamente y estás dentro de un periodo de permanencia pactado. Revisa la cláusula de duración: en muchos conciertos no hay penalización, sino simple prórroga automática si no avisas a tiempo. En iPrevención no trabajamos con permanencias.
¿Y si mi proveedor actual no me entrega la documentación?
La documentación preventiva es de tu empresa y eres tú quien responde de ella ante la Inspección de Trabajo. Se reclama por escrito, con plazo, y si no la entregan se puede reclamar formalmente. En la práctica, la mayoría la entrega en cuanto ve una solicitud seria y por escrito.
¿Hay que repetir la evaluación de riesgos al cambiar?
No necesariamente. Si la evaluación anterior está bien hecha y sigue vigente, se aprovecha; lo que hacemos es revisarla, comprobar que se corresponde con lo que hay hoy en tu empresa y actualizar lo que haya cambiado. Solo se rehace cuando está caducada, incompleta o no refleja los puestos reales.
¿Se pierden los reconocimientos médicos que ya se han hecho?
No. Los historiales quedan custodiados por el servicio sanitario y se trasladan al nuevo proveedor con el consentimiento del trabajador. Lo que ya se hizo cuenta, y el calendario de reconocimientos se retoma donde estaba.
¿Tengo que comunicar el cambio a la Inspección o a la autoridad laboral?
No hay que pedir permiso a nadie: el concierto es un contrato privado. Lo que sí debes conservar es la copia del nuevo concierto y de la baja del anterior, porque es lo que acredita que tu empresa ha tenido cobertura preventiva de forma continuada.
Con quién estás trabajando
Credenciales que puedes comprobar tú mismo, no eslóganes.
Servicio de prevención acreditado
Acreditación nº CM116/23 en las cuatro especialidades: seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada, y vigilancia de la salud. Válida en toda España.
Compruébalo en el registro oficial →Entra en «Consulta pública» y busca «iPrevención»
En la Junta Directiva de ASPA-ANEPA
iPrevención está asociada a la Confederación Empresarial de Servicios de Prevención Ajenos (ASPA-ANEPA), forma parte de su Junta Directiva y ha ocupado su presidencia. Ahí se trabaja en cómo debe ejercerse la prevención en España.
Técnicos propios, no subcontratas
El técnico que evalúa tu empresa es de la casa, siempre el mismo, y va a tu centro de trabajo. Con cinco oficinas propias (Móstoles, Palma del Río, Antequera, Dos Hermanas y Málaga capital) y servicio en toda España.
Plataforma propia
Desarrollamos nuestro propio programa de gestión: partes de visita firmados en el momento con firma electrónica avanzada, documentación al día y avisos de lo que caduca.
Nosotros nos encargamos del cambio
Revisamos tu contrato, preparamos la carta de baja, reclamamos tu documentación al proveedor anterior y damos de alta el nuevo concierto. Tú solo firmas. Sin permanencia y con precio cerrado.
Empezar mi cambio Llamar al 633 11 50 12
Madrid · Córdoba · Málaga — info@iprevencion.es