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Calculadora de multas de prevención de riesgos laborales

Elige el incumplimiento y el grado: te damos el tipo de infracción, el artículo de la LISOS y el rango de la multa con las cuantías vigentes. Y al lado, cuántos años de servicio de prevención pagarías con ese dinero.

Calcula tu multa

Grado de la sanciónLo fija la Inspección según la peligrosidad, el daño, los trabajadores afectados y si hubo requerimientos previos (art. 39.3 LISOS).

Lo más barato es no tener la multa

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Cómo se calcula una multa de prevención

Las sanciones por incumplir la prevención de riesgos laborales están en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), el Real Decreto Legislativo 5/2000. Funciona en tres pasos: primero se califica la infracción como leve, grave o muy grave según los artículos 11, 12 y 13; después se elige el grado (mínimo, medio o máximo) con los criterios del artículo 39.3; y el artículo 40.2 marca la cuantía de cada tramo.

TipoMínimoMedioMáximo
Leve45–485 €486–975 €976–2.450 €
Grave2.451–9.830 €9.831–24.585 €24.586–49.180 €
Muy grave49.181–196.745 €196.746–491.865 €491.866–983.736 €

Casi todo lo que se encuentra en una inspección a una pyme es grave: no tener evaluación de riesgos, no formar a los trabajadores, no ofrecer los reconocimientos médicos, no tener servicio de prevención o no coordinarse con las contratas. No hace falta un accidente: se sanciona el incumplimiento.

Qué sube o baja el grado

La Inspección tiene en cuenta la peligrosidad de la actividad, si el riesgo es permanente o puntual, el daño que se ha producido o que podía producirse, cuántos trabajadores están afectados, las medidas que sí habías tomado, si ya te habían hecho un requerimiento y no lo atendiste, y tu conducta general. Haber empezado a ponerlo en orden cuenta a tu favor.

Lo que no sale en la calculadora

Si hay un accidente por falta de medidas, llega el recargo de prestaciones: entre un 30 % y un 50 % de todo lo que cobre el trabajador por ese accidente, a cargo de la empresa y sin seguro que lo cubra (art. 164 de la Ley General de la Seguridad Social). Y si reincides en el plazo de un año desde una sanción firme, la multa puede doblarse dentro de su tramo.

Para más detalle, lee qué pasa si no tienes servicio de prevención y compara con lo que cuesta un servicio de prevención ajeno.

Cálculo orientativo; la cuantía final la fija la resolución sancionadora. Fuente: Art. 40.2 LISOS (RDL 5/2000), cuantías vigentes desde el 1 de octubre de 2021. Precios de iPrevención sin IVA.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la multa por no tener evaluación de riesgos?

Es una infracción grave (art. 12.1.b LISOS): de 2.451 € a 49.180 €. En grado mínimo va de 2.451 a 9.830 €.

¿Quién decide si la multa es en grado mínimo, medio o máximo?

La Inspección de Trabajo en el acta, según los criterios del art. 39.3 LISOS: peligrosidad de la actividad, gravedad del daño, número de trabajadores afectados, medidas adoptadas, requerimientos previos incumplidos y conducta general de la empresa.

¿Qué pasa si reincido?

Si cometes una infracción del mismo tipo en los 365 días siguientes a una sanción firme, la multa puede llegar al doble del grado que corresponda, sin pasar del máximo de su clase (art. 41 LISOS).

¿Además de la multa hay otros costes?

Sí. Si hay un accidente por falta de medidas, la Seguridad Social puede imponer un recargo del 30 % al 50 % de las prestaciones (art. 164 LGSS), que paga la empresa y no se puede asegurar. A eso se puede sumar responsabilidad civil y penal.

¿Las cuantías están actualizadas?

Sí: son las del art. 40.2 LISOS en la redacción de la Ley 10/2021, vigentes desde el 1 de octubre de 2021, comprobadas en el BOE.