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Guía para promotores, contratistas y subcontratas

Coordinador de seguridad y salud: precio, cuándo es obligatorio y quién lo paga

Qué hace el coordinador, cuándo lo exige la ley, quién lo elige y de qué depende lo que cobra. Y, si eres contratista o subcontrata, qué te toca a ti para que te dejen trabajar.

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Antes de nada: nosotros no somos coordinadores

El coordinador de seguridad y salud lo designa y lo paga el promotor para vigilar a todas las empresas de la obra. iPrevención es un servicio de prevención ajeno: trabajamos para esas empresas, contratistas y subcontratas. Por eso no ofrecemos coordinación de seguridad y salud. Lo que sí hacemos es poner recurso preventivo, técnico PRL de coordinación de actividades, plataforma CAE y formación a quienes trabajan en la obra.

Aun así, aquí tienes todo lo que necesitas saber para contratar coordinador con criterio, o para entender qué te va a pedir si eres tú el que entra a trabajar.

Qué es el coordinador de seguridad y salud

Es el técnico competente que el promotor encarga para coordinar la prevención entre todos los que intervienen en una obra de construcción. El RD 1627/1997 distingue dos momentos:

En fase de proyecto

Obligatorio cuando en el proyecto intervienen varios proyectistas. Coordina que la prevención se tenga en cuenta al diseñar y elabora el estudio o hace que se elabore bajo su responsabilidad.

En fase de ejecución

Obligatorio cuando en la obra trabaja más de una empresa, una empresa y autónomos, o varios autónomos. Es lo que pasa en casi todas las obras, también en las pequeñas.

Quién puede serlo

Un técnico competente: arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, según sus competencias y el tipo de obra. Puede ser el mismo en las dos fases.

Qué hace durante la obra

Sus funciones están en el artículo 9 del RD 1627/1997, y otras dos en los artículos 13 y 14:

  • Coordinar los principios de prevención cuando se toman decisiones técnicas y de organización, y cuando se planifican las fases y su duración
  • Coordinar que contratistas, subcontratistas y autónomos apliquen esos principios de forma coherente
  • Aprobar el plan de seguridad y salud de cada contratista y sus modificaciones
  • Organizar la coordinación de actividades empresariales del artículo 24 de la Ley 31/1995
  • Coordinar el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo
  • Hacer que solo entren en la obra las personas autorizadas
  • Custodiar el libro de incidencias y notificar sus anotaciones (art. 13)
  • Ante un riesgo grave e inminente, paralizar un tajo o la obra entera (art. 14)

Quién lo designa y quién lo paga

El promotor: quien encarga la obra, sea una empresa, una administración, una comunidad de propietarios o un particular que reforma su casa con varias empresas. La designación es suya y el coste también (art. 3 del RD 1627/1997).

Y algo que muchos promotores no saben: designar coordinador no le quita responsabilidad. El mismo artículo 3 lo deja claro, igual que el artículo 11 recuerda que las obligaciones de cada contratista siguen siendo suyas aunque haya coordinador.

Precio del coordinador: de qué depende

No hay tarifa oficial. Desde la Ley Ómnibus (Ley 25/2009) los colegios profesionales no pueden publicar baremos de honorarios, ni orientativos. Cada técnico presupuesta según la obra, y lo que más mueve el precio es esto:

  • La duración de la obra: es lo que más pesa
  • Cuántas visitas a la semana o al mes se pactan
  • Cuántas empresas y autónomos van a entrar
  • Trabajos con riesgos especiales que exigen más control
  • Si incluye también la coordinación en fase de proyecto
  • La distancia y los desplazamientos

Consejo: compara presupuestos por lo mismo. Pide que digan cuántas visitas incluyen, si hay reuniones de coordinación y actas, en qué plazo aprueban el plan y si cobran aparte las visitas extra. Un coordinador que aparece una vez al mes en una obra con diez empresas sale barato hasta que pasa algo.

Lo que no puede hacer un servicio de prevención ajeno

Un servicio de prevención ajeno asesora y da apoyo a las empresas con las que tiene concierto. En una obra, esas empresas son contratistas y subcontratas. El coordinador trabaja por cuenta del promotor y su papel es vigilarlas y aprobar sus planes.

Si el servicio de prevención de una contrata fuera también el coordinador de esa obra, estaría aprobando el plan que ha ayudado a redactar y vigilando el trabajo de su propio cliente. Por eso no ofrecemos coordinación de seguridad y salud, y te recomendamos desconfiar de los paquetes que la mezclan con el servicio de prevención de quien ejecuta.

Si eres contratista o subcontrata, esto es lo que te van a pedir

El coordinador no hace tu prevención: comprueba que la tienes. Esto es lo tuyo, y aquí sí te ayudamos.

Recurso preventivo

Obligatorio para cada contratista cuando hay trabajos con riesgos especiales o concurrencia que agrava los riesgos. Ponemos técnicos con la formación exigida y parte firmado cada jornada. Ver el servicio.

Técnico PRL de coordinación de actividades

Un técnico de prevención a pie de obra para tu empresa: coordina a tus subcontratas, controla documentación y accesos y te prepara lo que pide el coordinador.

Documentación CAE

Evaluación de riesgos, formación, aptitudes médicas, EPI, maquinaria y seguros, al día en nuestra plataforma CAE o en la de tu cliente.

Plan de seguridad y salud

Si eres contratista, tienes que elaborarlo y que el coordinador lo apruebe antes de empezar. Si eres subcontrata, adherirte al del contratista. Te ayudamos.

Formación de obra

TPC de 20 horas, cursos de oficio y recurso preventivo de 60 horas, bonificables por FUNDAE.

REA y subcontratación

Para trabajar en obra hay que estar inscrito en el Registro de Empresas Acreditadas y respetar los límites de subcontratación de la Ley 32/2006. Te decimos qué te falta.

Ver recursos preventivos y preciosPedir presupuesto

Coordinador y recurso preventivo: la diferencia en una frase

El coordinador trabaja para el promotor y coordina a todas las empresas; el recurso preventivo lo pone cada contratista y vigila en el tajo que su gente trabaja con las medidas previstas. Uno no sustituye al otro: la disposición adicional única del RD 1627/1997 dice expresamente que la presencia de recursos preventivos no quita las obligaciones del coordinador. Lo contamos con ejemplos en recurso preventivo o coordinador: diferencias.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un coordinador de seguridad y salud?

No hay tarifa oficial: desde la Ley 25/2009 los colegios no pueden publicar baremos. Depende sobre todo de la duración de la obra, del número de visitas pactadas, de cuántas empresas intervienen y de los riesgos especiales. Compara presupuestos que incluyan lo mismo: visitas, reuniones, actas y plazo de aprobación del plan.

¿Es obligatorio el coordinador en una obra pequeña?

Sí, si en la ejecución interviene más de una empresa, una empresa y trabajadores autónomos, o varios autónomos. El tamaño de la obra no cambia esa regla del artículo 3 del RD 1627/1997.

¿Quién paga al coordinador de seguridad y salud?

El promotor, que es quien lo designa. Ni el contratista ni las subcontratas tienen que pagarlo, aunque sí tienen que colaborar con él y cumplir sus instrucciones.

¿Puede ser coordinador el servicio de prevención de mi constructora?

No es lo recomendable: el coordinador vigila a las empresas de la obra por cuenta del promotor, y el servicio de prevención trabaja para una de ellas. Nosotros, como servicio de prevención ajeno, no ofrecemos coordinación de seguridad y salud precisamente por eso.

Si hay coordinador, ¿necesito además recurso preventivo?

Sí, cuando tus trabajos lo exigen. El recurso preventivo es obligación de cada contratista y el coordinador no lo sustituye. Es de lo primero que comprueba al aprobar tu plan de seguridad y salud.

¿Qué le tengo que entregar al coordinador como subcontrata?

Lo habitual: adhesión al plan del contratista, evaluación de riesgos de tus trabajos, formación y aptitud médica de cada trabajador, entrega de EPI, TPC cuando corresponda, inscripción en el REA, documentación de la maquinaria y, si tus trabajos lo exigen, el nombramiento de tu recurso preventivo.

¿Entras a trabajar en una obra?

Dinos qué trabajos vas a hacer y cuándo. Te decimos qué te va a pedir el coordinador y te mandamos un presupuesto cerrado en menos de 24 horas laborables.

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