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Prevención de riesgos laborales para autónomos y empresas de 1 a 5 trabajadores: precios 2026

Servicio de prevención ajeno 4 min de lectura Publicado el Por el equipo técnico de iPrevención

En este artículo
  1. Autónomo sin trabajadores: cuándo te lo van a pedir
  2. En cuanto contratas al primer trabajador
  3. ¿Y si soy yo el que se encarga? El empresario como trabajador designado
  4. Las tres cosas que te van a pedir en una obra
  5. Preguntas frecuentes
  6. Tu precio, en un minuto

Un autónomo sin trabajadores no está obligado a tener servicio de prevención, pero lo necesita en cuanto pisa una obra o trabaja para una empresa que le exija coordinación de actividades. Cuesta 201 € al año. En cuanto contrata al primer empleado, la obligación es completa: desde 288 € al año para una empresa de hasta seis trabajadores de riesgo bajo.

Autónomo sin trabajadores: cuándo te lo van a pedir

La Ley 31/1995 protege a los trabajadores por cuenta ajena, así que un autónomo solo no tiene obligación de organizar la prevención de su propia actividad. Pero te lo van a exigir en estos casos:

  • Trabajas en una obra de construcción. El Real Decreto 1627/1997 y la coordinación de actividades empresariales te obligan a aportar evaluación de riesgos, formación y aptitud médica.
  • Entras en las instalaciones de un cliente. Cualquier empresa mediana te pedirá la documentación de coordinación (CAE) antes de dejarte entrar.
  • Concurres a licitaciones o a grandes cuentas. Sin documentación preventiva no pasas el filtro administrativo.
  • Tienes trabajadores autónomos económicamente dependientes o compartes centro con otras empresas.

En esos casos, con 201 € al año tienes tu evaluación, tu formación y tu documentación al día. Es lo que cuesta poder facturar a esos clientes.

En cuanto contratas al primer trabajador

Ahí la obligación es completa: plan de prevención, evaluación de riesgos, planificación, formación e información al trabajador y vigilancia de la salud. Lo más habitual en una empresa pequeña es concertarlo con un servicio de prevención ajeno.

Lo que cuesta, por tamaño (riesgo bajo)

Plantilla Parte técnica Vigilancia de la salud Total al año Al mes
1 trabajador 288 € 30 € 318 € 26,50 €
3 trabajadores 288 € 90 € 378 € 31,50 €
5 trabajadores 288 € 150 € 438 € 36,50 €
8 trabajadores 368 € 240 € 608 € 50,67 €
12 trabajadores 552 € 360 € 912 € 76,00 €

A partir de siete trabajadores se paga por persona (46 € cada uno en riesgo bajo), y desde dieciséis baja a 40 €. En riesgo medio y alto las cifras suben: consulta la tarifa completa.

El primer año se suman 90 € de alta e implantación. Los reconocimientos médicos, si los quieres, son 48 € por examen dentro del pack.

¿Y si soy yo el que se encarga? El empresario como trabajador designado

La ley permite que el propio empresario asuma la prevención si se dan estas cuatro condiciones a la vez:

  • La empresa tiene hasta 25 trabajadores (hasta 10 si hay más de un centro).
  • Las actividades no están en el anexo I del Reglamento (construcción, químicos, altura, eléctrico…).
  • El empresario desarrolla habitualmente su actividad en el centro de trabajo.
  • Tiene la formación necesaria (el curso de nivel básico, 30 o 50 horas).

Aun así, la vigilancia de la salud hay que concertarla siempre fuera: el empresario no puede hacer los reconocimientos médicos. En la práctica, asumirla uno mismo compensa poco: el curso, el tiempo y la responsabilidad personal suelen costar más que los 318 € del servicio.

Las tres cosas que te van a pedir en una obra

  1. Evaluación de riesgos de tu actividad y adhesión al plan de seguridad y salud de la obra.
  2. Formación del trabajador o del autónomo en su puesto (y, en construcción, la formación del convenio con la TPC).
  3. Aptitud médica en vigor.

Si te falta una sola, no entras. Y normalmente te enteras el día que tienes que empezar.

Preguntas frecuentes

¿Un autónomo sin trabajadores está obligado a tener prevención de riesgos laborales?

No por la Ley 31/1995, pero sí de hecho cuando trabaja en obras o para clientes que exigen coordinación de actividades empresariales. En iPrevención cuesta 201 € al año.

¿Cuánto cuesta la prevención para una empresa de 5 trabajadores?

438 € al año en riesgo bajo (288 € de parte técnica más 150 € de vigilancia de la salud), 36,50 € al mes. En riesgo medio serían 335 € más 150 €.

¿Puedo hacer yo la prevención de mi empresa?

Sí, con hasta 25 trabajadores, actividad fuera del anexo I, presencia habitual en el centro y el curso de nivel básico. La vigilancia de la salud hay que concertarla igualmente.

¿Tengo que hacer el reconocimiento médico a mis empleados?

La empresa está obligada a ofrecerlo y a documentarlo. El trabajador puede renunciar salvo en los supuestos del artículo 22 de la Ley 31/1995.

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