Saltar al contenido
Servicio de prevención ajeno acreditado · nº CM116/23 Accesos Área de cliente 633 11 50 12 Fijo 957 05 33 88

Reconocimiento médico de empresa: precio en 2026, quién lo paga y cuándo es obligatorio

Seguridad y salud 3 min de lectura Publicado el Por el equipo técnico de iPrevención

En este artículo
  1. Qué estás pagando: vigilancia colectiva y reconocimientos
  2. Cuánto cuesta, con la cuenta hecha
  3. Quién lo paga
  4. ¿Es obligatorio? Para la empresa sí; para el trabajador, depende
  5. Qué recibe la empresa (y qué no)
  6. Cada cuánto se hace
  7. Preguntas frecuentes

Un reconocimiento médico de empresa cuesta en iPrevención 48 € por trabajador cuando entra toda la plantilla, y lo paga siempre la empresa, nunca el trabajador. Ofrecerlo es obligatorio; hacérselo, para el trabajador, normalmente no. Aquí tienes el precio desglosado, quién paga qué, cuándo deja de ser voluntario y qué recibe la empresa (y qué no).

Qué estás pagando: vigilancia colectiva y reconocimientos

La vigilancia de la salud tiene dos partes, y conviene no confundirlas:

  • Vigilancia de la salud colectiva: el trabajo del médico del trabajo sobre la empresa en su conjunto. Los protocolos médicos de cada puesto según sus riesgos, el estudio de la plantilla y la memoria anual. Se paga por trabajador y año: 30 €.
  • Reconocimientos médicos individuales: el examen de cada trabajador. Se paga por examen realizado: 48 € si entra toda la plantilla en el pack, o 50 € si se hace suelto. Van exentos de IVA porque son prestación sanitaria.

Cuánto cuesta, con la cuenta hecha

Una empresa de 8 trabajadores que quiere hacer el reconocimiento a toda la plantilla paga:

  • Vigilancia de la salud colectiva: 8 × 30 € = 240 € al año.
  • Ocho reconocimientos: 8 × 48 € = 384 €.

La parte técnica del servicio de prevención (evaluación, plan, formación, visitas) va aparte y depende del riesgo: la tienes en nuestras tarifas de 2026.

Quién lo paga

La empresa, siempre. La Ley 31/1995 prohíbe que las medidas de seguridad y salud supongan coste alguno para el trabajador, y el reconocimiento médico es una de ellas. Tampoco se le puede descontar de la nómina ni pedirle que lo haga en sus vacaciones: lo normal es hacerlo dentro de la jornada.

¿Es obligatorio? Para la empresa sí; para el trabajador, depende

El artículo 22 de la Ley 31/1995 obliga a la empresa a ofrecer la vigilancia de la salud. El trabajador puede renunciar, y conviene dejar esa renuncia por escrito. Pero deja de ser voluntario, previo informe de los representantes de los trabajadores, en tres casos:

  1. Cuando hace falta para saber si el trabajo está afectando a su salud.
  2. Cuando su estado de salud puede ser un peligro para él, para sus compañeros o para otras personas (conductores, trabajos en altura, manipulación de alimentos…).
  3. Cuando una norma lo impone para ese riesgo: ruido, amianto, radiaciones, agentes químicos o biológicos, entre otros.

Ojo también con los trabajadores nocturnos: la normativa les da una protección reforzada de la salud, con valoración médica antes de empezar en ese turno y después de forma periódica.

Qué recibe la empresa (y qué no)

La empresa recibe solo la aptitud: apto, apto con restricciones o no apto para ese puesto. El resultado médico, los análisis y el diagnóstico son confidenciales: solo los ve el trabajador y el personal sanitario. Si alguien te ofrece «los resultados de tus empleados», no es un buen servicio, es un problema de protección de datos.

Cada cuánto se hace

No hay una regla general de «una vez al año». La periodicidad la marca el protocolo médico de cada puesto según sus riesgos: en una oficina puede ser más espaciada que en un taller con ruido o en una obra. Lo que sí hay que hacer es ofrecerlo al incorporarse el trabajador y cuando cambian sus tareas o riesgos.

Si quieres saber qué incluye cada tipo, te lo contamos en reconocimiento médico básico o completo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta un reconocimiento médico de empresa en 2026?

En iPrevención, 48 € por trabajador si entra toda la plantilla en el pack de vigilancia de la salud, o 50 € suelto. Además, la vigilancia de la salud colectiva son 30 € por trabajador y año.

¿Puede la empresa cobrar el reconocimiento al trabajador?

No. Las medidas de seguridad y salud no pueden suponer ningún coste para el trabajador, ni directo ni descontado de la nómina.

¿El trabajador puede negarse a hacerse el reconocimiento?

Sí, salvo que sea imprescindible para valorar si el trabajo le afecta, si su salud puede poner en peligro a otros o si una norma lo exige para su riesgo. La renuncia conviene dejarla por escrito.

¿La empresa puede ver los resultados médicos?

No. Solo recibe la aptitud para el puesto: apto, apto con restricciones o no apto. Los datos médicos son confidenciales.

¿Quieres los reconocimientos de tu plantilla con precio cerrado? Pide presupuesto o calcula tu cuota online: verás la vigilancia de la salud y los reconocimientos desglosados. También puedes llamarnos al 633 11 50 12.

¿Cuánto te costaría a ti? Calcúlalo en 30 segundos

Con nuestra tarifa oficial, la misma que usa el comercial. Sin dejar tus datos.

¿Agricultura, o recurso preventivo en obra? Tienen tarifa propia: pídenos presupuesto.