Antes de firmar un concierto de prevención hay seis cláusulas que deciden si el contrato te sirve o te ata: las especialidades, la duración y la prórroga automática, la revisión de precios, qué pasa cuando creces, los extras y qué te llevas si te vas. El precio de la primera página es lo de menos.
1. Qué especialidades se conciertan
Tiene que decir expresamente que se conciertan seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía y psicosociología aplicada, y aparte la vigilancia de la salud si la incluyes. Si solo nombra «asesoramiento en prevención», no sabes qué has comprado.
2. Duración y prórroga automática
El concierto es anual. Lo normal es que se prorrogue solo si nadie avisa, y eso está bien: lo que hay que mirar es cuánto preaviso te exigen para no renovar. Un mes es razonable. Tres meses ya es un candado. Y si te piden permanencia de dos o tres años, pregunta por qué.
3. Cómo sube el precio
Busca la cláusula de revisión. Debe decir con qué se actualiza (normalmente el IPC) y con cuánta antelación te lo comunican. Si dice «según tarifas vigentes en cada momento» sin más, te están dando un cheque en blanco.
4. Qué pasa cuando tu empresa cambia
Esta es la que se olvida y la que más discusiones provoca:
- Si contratas a más gente, ¿se recalcula la cuota a mitad de año o en la renovación?
- Si abres un centro nuevo, ¿cuánto cuesta añadirlo?
- Si bajas de plantilla, ¿baja la cuota igual de rápido que sube?
Que las tres respuestas estén por escrito. En nuestra tarifa, por ejemplo, un centro más en la misma localidad son 90 € al año y en otra localidad 150 €, y la cuota se ajusta en los dos sentidos.
5. Los extras: la lista que te ahorra sorpresas
Pide el precio, por escrito, de estas situaciones, porque todas van a pasar tarde o temprano:
| Situación | Qué preguntar |
|---|---|
| Visita extra a petición tuya o de la Inspección | Precio por visita |
| Inspección de trabajo abierta | ¿Acompañamiento incluido? ¿Recargo? |
| Trabajador que no acude al reconocimiento | ¿Se cobra igual? |
| Reconocimientos por encima de los contratados | Precio por examen |
| Formación repetida por inasistencia | Precio de la sesión |
| Documentación urgente (menos de 72 horas) | ¿Recargo por urgencia? |
| Mediciones de ruido, químicos, iluminación | ¿Incluidas o aparte? |
6. Qué te llevas si te vas
Que el contrato diga que, al terminar, te entregan toda tu documentación preventiva: evaluación, plan, planificación, memorias, certificados de formación y aptitudes. Es tuya por ley, pero tenerlo escrito ahorra semanas de correos.
Dos comprobaciones de un minuto
- Acreditación. El servicio de prevención tiene que estar acreditado por la autoridad laboral y su número debe figurar en el concierto. El nuestro es el CM116/23.
- Quién firma por su parte. Que sea la sociedad acreditada, no una intermediaria que luego subcontrata.
Nuestro contrato, sin sorpresas
Publicamos la tarifa completa, incluidos los extras, y no ponemos permanencia: el concierto es anual y se paga mes a mes si quieres. Puedes leer las condiciones y firmar online o pedir presupuesto.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el concierto de actividad preventiva?
El contrato entre la empresa y el servicio de prevención ajeno. El Reglamento de los Servicios de Prevención marca su contenido mínimo, y es el documento que acredita ante la Inspección que tienes la prevención organizada.
¿Puede subirme el precio a mitad de contrato?
Solo si cambian las condiciones (más trabajadores o más centros) o si el contrato lo prevé expresamente. Debe estar por escrito.
¿Es legal la permanencia de varios años?
Se puede pactar, pero no es lo habitual ni te conviene: el concierto está pensado para renovarse cada año.
¿Y si quiero cambiar antes de que acabe?
Hay que respetar el preaviso pactado. Te contamos cómo hacerlo sin quedarte descubierto en esta guía.