Para entrar en una obra como subcontrata te van a pedir, como mínimo, la inscripción en el REA, la formación en prevención de cada trabajador (la TPC en construcción), la aptitud médica, la entrega de EPI, tu evaluación de riesgos y la adhesión al plan de seguridad y salud. Y el contratista te anotará en su libro de subcontratación antes de que empieces.
Si es tu primera obra como subcontrata, o si te acaban de rechazar en la puerta por un papel, aquí tienes qué es el libro de subcontratación, hasta dónde se puede subcontratar, qué requisitos tiene que cumplir tu empresa y la lista de documentos que te van a pedir.
¿Qué es el libro de subcontratación?
Es el registro en el que cada contratista anota, por orden cronológico, todas las subcontrataciones de su obra. Lo exige el artículo 8 de la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, y lo desarrolla el RD 1109/2007.
- Lo lleva cada contratista, uno por obra, habilitado por la autoridad laboral.
- Tiene que estar siempre en la obra.
- Recoge cada empresa subcontratista y cada autónomo: quién le ha contratado, en qué nivel de la cadena está, qué trabajos hace, cuándo entra y la fecha en que recibe la parte del plan de seguridad y salud que le afecta.
- Cada subcontratación anotada se comunica al coordinador de seguridad y salud y a los representantes de los trabajadores de las empresas de la obra.
- Pueden consultarlo, entre otros, el promotor, la dirección facultativa, el coordinador, las empresas y autónomos de la obra, los técnicos de prevención, los representantes de los trabajadores y la autoridad laboral.
Como subcontrata, el libro no es tuyo, pero tienes que dar tus datos al contratista antes de empezar. Y no lo confundas con el libro de incidencias del RD 1627/1997, que sirve para seguir el plan de seguridad y salud: son dos libros distintos.
¿Hasta qué nivel se puede subcontratar?
La Ley 32/2006 pone límites a la cadena (artículo 5):
| Quién | ¿Puede subcontratar? |
|---|---|
| Contratista (contratado por el promotor) | Sí |
| Primer subcontratista | Sí |
| Segundo subcontratista | Sí |
| Tercer subcontratista | No |
| Trabajador autónomo | No, en ningún nivel |
| Subcontratista cuya organización consiste sobre todo en aportar mano de obra | No |
Hay una excepción: por especialización de los trabajos, complicaciones técnicas o fuerza mayor, la dirección facultativa puede aprobar previamente que se amplíe un nivel. Se deja constancia en el libro y se comunica a la autoridad laboral.
Saltarse estos límites o trabajar sin estar en el REA no es un detalle: la ley hace responder solidariamente al subcontratista que incumple y a quien le contrató de las obligaciones laborales y de Seguridad Social. Por eso el contratista te va a mirar con lupa.
¿Qué requisitos tiene que cumplir tu empresa?
El artículo 4 de la Ley 32/2006 pide a las empresas que trabajan en obra como contratistas o subcontratistas:
- Tener una organización productiva propia, con medios materiales y personales, y dirigir el trabajo de su gente.
- Acreditar que sus trabajadores, directivos y productivos, tienen la formación necesaria en prevención.
- Estar inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas (REA). La inscripción se pide a la autoridad laboral de la provincia de tu domicilio social, vale para toda España y hay que renovarla cada tres años.
- Tener al menos un 30 % de la plantilla con contrato indefinido.
¿Qué documentación te van a pedir para entrar?
Esta es la lista habitual. Cada contratista la ajusta a la obra, pero rara vez falta algo de aquí:
| Documento | De dónde sale |
|---|---|
| Inscripción en el REA | Ley 32/2006 |
| Evaluación de riesgos de tus trabajos y planificación preventiva | Ley 31/1995 y RD 171/2004 |
| Modalidad preventiva: concierto con tu servicio de prevención | RD 39/1997 |
| Formación en prevención de cada trabajador y su TPC | Ley 32/2006 y convenio de la construcción |
| Aptitud médica de cada trabajador, o la renuncia si el reconocimiento no es obligatorio | Artículo 22 de la Ley 31/1995 |
| Entrega de EPI firmada por cada trabajador | RD 773/1997 |
| Altas en la Seguridad Social y certificados de estar al corriente | Lo pide el contratista para protegerse de responsabilidades |
| Seguro de responsabilidad civil | Lo habitual en el contrato |
| Máquinas: marcado CE, revisiones y autorización de quien las maneja | RD 1215/1997 |
| Designación del recurso preventivo, si tus trabajos lo exigen | Artículo 32 bis de la Ley 31/1995 |
| Adhesión a la parte del plan de seguridad y salud que te afecta | RD 1627/1997 |
Para la formación, damos el curso TPC de 20 horas, los cursos de 6 horas por oficio y el curso de recursos preventivos. Y si necesitas un modelo para designar al tuyo, tienes la plantilla de designación de recurso preventivo.
¿Cómo lo tienes listo antes de que te llamen?
La documentación no se improvisa en una tarde: la evaluación requiere que un técnico vea lo que haces, la formación son horas de curso y el reconocimiento tiene su cita. Lo que funciona:
- Una carpeta viva con todo lo de la tabla, y las caducidades apuntadas.
- Formación y reconocimientos hechos antes de la obra, sobre todo para el personal nuevo.
- Tu evaluación de riesgos al día con los trabajos que haces de verdad, no con los de hace tres años.
- Si tu cliente usa nuestra plataforma CAE, subes los papeles una vez, no pagas nada y te avisamos de lo que caduca.
Si tu empresa todavía no tiene servicio de prevención, ese es el primer paso. Con nuestra tarifa, una empresa de construcción con 3 trabajadores (riesgo alto) paga 453 € al año entre parte técnica y vigilancia de la salud colectiva, 37,75 € al mes, sin IVA. Mira lo que incluye en prevención para construcción y reformas.
Preguntas frecuentes
¿Quién tiene que llevar el libro de subcontratación?
Cada contratista, uno por obra. Las subcontratas no llevan libro propio, pero tienen que facilitar sus datos al contratista y comunicarle antes cualquier subcontratación que hagan.
¿Un autónomo puede subcontratar parte de su trabajo en una obra?
No. La Ley 32/2006 no permite que el trabajador autónomo subcontrate los trabajos que le han encargado, ni a empresas ni a otros autónomos.
¿Cada cuánto hay que renovar la inscripción en el REA?
Cada tres años. Mira la fecha de la tuya: si caduca, el contratista no podrá contratarte.
¿Qué es la adhesión al plan de seguridad y salud?
El documento con el que la subcontrata declara que ha recibido la parte del plan del contratista que afecta a sus trabajos y se compromete a cumplirla y a explicársela a sus trabajadores.
¿Eres el contratista de la obra? Te redactamos el plan de seguridad y salud, con la parte que se entrega a cada subcontrata, y ponemos el recurso preventivo donde haga falta. Cuéntanos tu obra: te llamamos en menos de 24 horas laborables y te preparamos el presupuesto. 633 11 50 12 · info@iprevencion.es.