
El recurso preventivo es la persona que vigila, en el propio tajo, que se cumplen las medidas en los trabajos más peligrosos. Su nombramiento debe constar por escrito, y esta plantilla gratuita te sirve para hacerlo bien.
Para qué sirve
Recoge quién es el recurso preventivo y con qué formación, el motivo legal de su presencia (los tres supuestos del artículo 32 bis), los trabajos concretos que vigila y durante cuánto tiempo, sus funciones y los medios que la empresa pone a su disposición.
Quién debe usarla
Empresas que hacen trabajos con riesgos especiales (altura, sepultamiento, espacios confinados, máquinas sin marcado CE, inmersión…), con operaciones simultáneas que agravan los riesgos, o a las que la Inspección de Trabajo se lo ha requerido. En obras de construcción es habitual que lo pida el plan de seguridad y salud de cada contratista.
Cómo rellenarla
- Marca el motivo de la presencia y concreta los trabajos y el periodo.
- Comprueba que tiene, como mínimo, formación de nivel básico en prevención.
- Explícale sus funciones y cómo debe comunicar los incumplimientos.
- Dale medios y tiempo suficientes para vigilar.
- Firmad los dos y guarda una copia en el centro de trabajo.
Base legal
El artículo 32 bis de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales regula la presencia de recursos preventivos y el artículo 22 bis del RD 39/1997 la desarrolla: actividades peligrosas, funciones y formación. Para las obras de construcción se aplica además la disposición adicional única del RD 1627/1997.
Errores típicos
- Nombrar a alguien que no está en el tajo mientras se hace el trabajo.
- Designar a una persona sin la formación mínima.
- No concretar qué trabajos debe vigilar.
- Darle tantas tareas que no puede vigilar nada.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede ser recurso preventivo?
Un trabajador designado, un miembro del servicio de prevención propio o ajeno, o un trabajador de la empresa con conocimientos, experiencia y formación de nivel básico en prevención asignado por el empresario.
¿Tiene que estar presente todo el tiempo?
Sí, mientras se mantenga la situación que obliga a tenerlo. Si se ausenta, el trabajo con ese riesgo debe pararse.
¿Podéis poner vosotros el recurso preventivo?
Sí. En iPrevención ponemos recursos preventivos con la formación exigida, en obras e industria. Pídenos presupuesto y te respondemos en menos de 24 horas laborables.
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